Una resolución jurisdiccional confirmó que no se cumplió el requisito constitucional de residencia permanente, tras detectar documentos contradictorios sobre el lugar de permanencia del candidato.
Redacción Central/El Periódico/Tarija/02-03-2026.- El Tribunal Supremo Electoral (TSE) formalizó este lunes la notificación de una resolución que ratifica la inhabilitación de Mario Adel Cossio Cortes como candidato a Gobernador, al concluir que no se demostró de manera fehaciente el cumplimiento del requisito constitucional de residencia permanente exigido para la postulación.
Según el documento emitido por la Secretaría de Cámara, la Resolución Jurisdiccional TSE-RSP-JUR N° 01053/2026 confirma la decisión adoptada por la Sala Plena luego de evaluar los antecedentes incorporados al expediente. El análisis puso el foco en una contradicción documental considerada “evidente” por la autoridad electoral.
Entre los elementos valorados figura una certificación del Consejo Nacional de Refugiados (CONARE) de Paraguay, emitida en febrero de 2026, que da cuenta de la vigencia de una condición de refugio concedida en 2011. En sentido opuesto, consta una declaración voluntaria notarial suscrita en diciembre de 2025, mediante la cual el ciudadano afirmó, bajo fe pública, residir de forma permanente desde hace más de dos años en un domicilio del municipio de Tarija y la provincia Cercado.
Para el TSE, esta dualidad de documentos impidió acreditar con certeza la residencia continua exigida por la Constitución. En ese marco, la Sala Plena resolvió aplicar los principios que rigen la función electoral —legalidad, seguridad jurídica e igualdad ante la ley— y mantener la inhabilitación del postulante.
















