El Tribunal Departamental aclaró que, ante la detención preventiva de un concejal municipal, la sustitución de la autoridad deberá realizarse previa verificación de la existencia de un impedimento permanente para el ejercicio del cargo.
La instancia explicó que la detención preventiva, por sí sola, no implicaría automáticamente la pérdida de la titularidad del cargo, por lo que corresponde analizar la situación jurídica de la autoridad y verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos por la normativa vigente.
Una vez acreditado el impedimento correspondiente, se podrá activar el procedimiento para la sustitución de la autoridad municipal, de acuerdo con las disposiciones legales aplicables.
El Tribunal Departamental señaló que el proceso debe desarrollarse respetando las garantías y procedimientos establecidos, evitando interpretaciones que puedan vulnerar los derechos políticos de la autoridad involucrada.
















